Un Derecho olvidado pero sin embargo constitucional.

Así es, la Constitución Española dice en su Artículo 20.1 D EL DERECHO "A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión".



El ciudadano del siglo XXI DEBE aspirar a ser el que mande y, en particular, a ser el “dueño” de la toda la información pública en manos de los Organismos Públicos, dado que ha sido pagada con el dinero de sus impuestos. Aspira al derecho a “saberlo todo” -salvo contadas excepciones que pueden y deben ser perfectamente delimitadas- es decir, a saber todo lo que pasa en el sector público.

Art. 35 y 37 de LRJPAC (Ley 30/1992)

Cuando el derecho de acceso a los expedientes se convierte en una burla



http://www.proacceso.org/

"DERECHO A SABER" El derecho de acceso a la información es el derecho de toda persona de solicitar y recibir información de entidades públicas. Este derecho también obliga a las entidades públicas a publicar información sobre sus funciones y gastos de manera proactiva.

MODELO DE SOLICITUD AMBIENTAL. AQUÍ.