Un Derecho olvidado pero sin embargo constitucional. Así es, la Constitución Española dice en su Artículo 20.1 D EL DERECHO "A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión". El ciudadano del siglo XXI DEBE aspirar a ser el que mande y, en particular, a ser el “dueño” de la toda la información pública en manos de los Organismos Públicos, dado que ha sido pagada con el dinero de sus impuestos. Aspira al derecho a “saberlo todo” -salvo contadas excepciones que pueden y deben ser perfectamente delimitadas- es decir, a saber todo lo que pasa en el sector público. Art. 35 y 37 de LRJPAC (Ley 30/1992) Cuando el derecho de acceso a los expedientes se convierte en una burla http://www.proacceso.org/ "DERECHO A SABER" El derecho de acceso a la información es el derecho de toda persona de solicitar y recibir información de entidades públicas. Este derecho también obliga a las entidades públicas a publicar información sobre sus funciones y gastos de manera proactiva. MODELO DE SOLICITUD AMBIENTAL. AQUÍ.
There are currently 1 users browsing this thread. (0 members and 1 guests)
Reglas del Foro
Redes sociales