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  1. #11
    Universo Avatar de oriafontan
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    26-October-2009
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    Respuesta: Tonterías Oriafontanescas.

    DECLARACIÓN PENAL MÍA EN CALIDAD DE DENUNCIANTE/PERJUDICADO: PARTE PERSONADA AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES.


    Os pongo mi declaración en calidad de denunciante y perjudicado, de hoy en el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Guadalajara. Denuncia contra el Jefe de la Policía Local de Azuqueca de Henares, policía local de guardia y el Concejal de fiestas por posibles delitos de dejación de funciones (408 CP), medio ambiente y prevaricación.

    Como quizá no se bien en imagen, he transcrito es esta: Se afirma y ratifica en la denuncia presentada ante el Cuartel de la Guardia Civil del puesto de Guadalajara el día 18/09/13, así como en sus ampliaciones.

    Manifiesta que no renuncia a defender los derechos constitucionales ni a ningún derecho por los daños personales, con o sin apoyo del Fiscal.

    En cuanto a los hechos manifestar que son indubitables, que el Policía y su Jefe podrían haber incurrido en el delito del 408 del CP, advirtió al Policía de Guardia de esta circunstancia, así como lo que consta en el art. 6.3 del Código Civil, su obligación como funcionario era denunciar al Ayuntamiento y hacer medición de ruido y paralizar el acto, al ser nulo de pleno derecho, sin que importe si hubiere autorización administrativa o no.

    Entiendo que el Policía tenía la orden del Jefe Local de Azuqueca de Henares, para que de forma dolosa y anti jurídica (sic) incurriera en el tipo del 408 del Código Civil (sic, es claro CP), sin perjuicio de un delito contra el medio ambiente y de la responsabilidad que hubiera podido incurrir el concejal de fiestas en un posible delito al autorizar a sabiendas un acto manifiestamente ilegal y que por tanto deberá responder según el art. 103.1 de la Constitución Española.

    Por último rectificar la distancia que mediaba entre su domicilio y la discoteca móvil nula de pleno derecho ya que por error se hizo constar 30 metros, cuando debía ser al menos 100 metros, no obstante los ruidos eran de tal intensidad que eran como si fueran producidos por un vecino.

    Por último declarar que el comportamiento del Ayuntamiento y sus responsables y de la Policía Local de Azuqueca de Henares, supone un comportamiento injusto puesto que el Ayuntamiento multa a los bares de ocio por ruido.
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