nekoland
07-Dec-2012, 12:10
¿Se puede Modificar una Obra Registrada?
http://es.safecreative.net/faqs/%C2%BFse-puede-modificar-una-obra-registrada/
Una vez registrada una obra no se pueden modificar ni el título, ni el autor, ni el contenido de la misma, ya que la prueba del registro se basa en que "esa" es la obra que se registró en la fecha y hora UTC de registro.
Sin embargo, cualquier modificación puede ser objeto de un nuevo registro, aunque es recomendable no crear confusión ante los posibles usuarios registrando un número demasiado importante de veces una obra con modificaciones no sustanciales.
Cuando el autor de una obra realiza cualquier tipo de modificación sobre ésta y la vuelve a registrar, ésta pasa a convertirse en una "obra derivada", según el artículo 11 de la Ley de Propiedad Intelectual.
En cuanto al título de la obra modificada y nuevamente registrada, la Ley no impide que se mantenga el título de la primera versión.
En primer lugar, tratándose del mismo autor, el único perjuicio, como dijimos anteriormente, es el posible efecto de confusión que pueda crear sobre los usuarios. En cambio sí podría ser conflictivo que dos obras distintas de distintos autores tuviesen el mismo título. En este sentido, la LPI, en su artículo 10.2, menciona que sólo se protege un título cuando éste es original. Es común y perfectamente legal que dos canciones de dos autores distintos, por ejemplo, tengan como título "El Atardecer". En cambio se considerará original y por lo tanto protegible por el derecho de autor el título de una novela que contenga, por ejemplo, el nombre de uno de los personajes protagonistas de la misma: "Alicia en el país de las maravillas".
Sí que es posible cambiar en cualquier momento:
* La licencia de uso de la obra.
* La indicación de si el registro es público o no (si otros pueden consultar qué derechos tiene esa obra y quién es el autor)
* La indicación de si se permite la descarga (si otros, al consultar los derechos, podrán dercargar la obra)
http://es.safecreative.net/faqs/%C2%BFse-puede-modificar-una-obra-registrada/
Una vez registrada una obra no se pueden modificar ni el título, ni el autor, ni el contenido de la misma, ya que la prueba del registro se basa en que "esa" es la obra que se registró en la fecha y hora UTC de registro.
Sin embargo, cualquier modificación puede ser objeto de un nuevo registro, aunque es recomendable no crear confusión ante los posibles usuarios registrando un número demasiado importante de veces una obra con modificaciones no sustanciales.
Cuando el autor de una obra realiza cualquier tipo de modificación sobre ésta y la vuelve a registrar, ésta pasa a convertirse en una "obra derivada", según el artículo 11 de la Ley de Propiedad Intelectual.
En cuanto al título de la obra modificada y nuevamente registrada, la Ley no impide que se mantenga el título de la primera versión.
En primer lugar, tratándose del mismo autor, el único perjuicio, como dijimos anteriormente, es el posible efecto de confusión que pueda crear sobre los usuarios. En cambio sí podría ser conflictivo que dos obras distintas de distintos autores tuviesen el mismo título. En este sentido, la LPI, en su artículo 10.2, menciona que sólo se protege un título cuando éste es original. Es común y perfectamente legal que dos canciones de dos autores distintos, por ejemplo, tengan como título "El Atardecer". En cambio se considerará original y por lo tanto protegible por el derecho de autor el título de una novela que contenga, por ejemplo, el nombre de uno de los personajes protagonistas de la misma: "Alicia en el país de las maravillas".
Sí que es posible cambiar en cualquier momento:
* La licencia de uso de la obra.
* La indicación de si el registro es público o no (si otros pueden consultar qué derechos tiene esa obra y quién es el autor)
* La indicación de si se permite la descarga (si otros, al consultar los derechos, podrán dercargar la obra)